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Despidos

Project 1
Asesoramos al trabajador ante cualquier tipo de despido (objetivos, disciplinarios, improcedentes) y defenderemos sus derechos cuando el empresario haya imcumplido con la normativa social vigente. Cálculo de Indemnizaciones, liquidaciones y finiquitos. Reclamaciones de cantidades.
Despido Objetivo
  • Causas económicas: cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de ocupación. 

  • Causas técnicas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción.Causas organizativas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal.

  • Causas productivas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretenda colocar en el mercado. 

 

A estos efectos, la empresa deberá acreditar los resultados alegados y justificar que de estos se deduce mínimamente la razonabilidad de la decisión extintiva para preservar o favorecer su posición competitiva al mercado.

Despido Disciplinario

El despido disciplinario, que no requiere de preaviso, debe ser notificado por escrito al trabajador mediante la correspondiente carta de despido, haciendo figurar los hechos que lo motivan y fecha en que tendrá efectos. 

 

Nos encargamos de comprobar que no se ha incumplido la legislación laboral vigente. En el caso, de no exitir suficientemente justificación será motivo para considerar el despido como improcedente por parte de los tribunales. 

Despido Improcedente

Si el trabajador no recibe la carta de despido, o ésta no está suficientemente justificada será motivo para considerar el despido improcedente por parte de los tribunales. Despido que lleva aparejada la indemnización máxima recogida actualmente en el Estatuto de los trabajadores de 33 días por año trabajado.

Otros despidos
  • Despidos Colectivos (Expedientes de Regulación de Empleo).

  • Despido Indirecto: el empresario invita u obliga al empleado a cesar en su actividad laboral. El empresario, sin despedir de forma directa, adopta decisiones organizativas que hacen perder al empleado su interés por el empleo.

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